Se trata de un área dependiente de la Secretaría de Agricultura, desde donde se abordan las situaciones extraordinarias que acontecen en el sector agropecuario, vinculados a fenómenos climáticos que afectan la productividad de los establecimientos.
Se considera zona en emergencia agropecuaria aquella afectada por factores de origen climático, telúrico, biológico o físico, de carácter imprevisibles, o que siendo previsibles fueran inevitables, ya sea por la intensidad del fenómeno o por resultar extraordinario y afectaren gravemente la producción o la capacidad productiva de una región, dificultando gravemente la evolución de las actividades agrícolas y ganaderas y el cumplimiento de las obligaciones crediticias y fiscales.
Declaración de Emergencia
a) Será declarada zona de emergencia, aquella afectada en el cincuenta por ciento (50%) de la producción o de la capacidad productiva. Zona de Desastre Inc.
b) Será declarada zona de desastre aquella afectada en más del setenta por ciento (70%) de la producción o de la capacidad productiva.
Nuestro ministerio tiene la autoridad de aplicación de la Ley Provincial N° 7121, a través de la cual se crea la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, coordinado por el ministerio y donde participan representantes de diferentes organismos del Estado provincial y nacional, y de entidades civiles, empresariales, científicas y gremiales vinculadas al agro. Este órgano es quién eleva la propuesta al Poder Ejecutivo provincial.
Los productores que necesitan adherirse a este régimen, deben presentar una Declaración Jurada de Daños (DDJJ), para lo cual se desarrolló un nuevo Sistema de Emergencia Agropecuaria On-Line, que permite presentar la documentación a través del portal de Ciudadano Digital, disminuyendo tiempos y gestiones.
Luego, el área de Emergencia tiene a su cargo la evaluación correspondiente de los daños y delimitación de las áreas afectadas a través de los informes remitidos por los Agentes Zonales y el procesamiento de imágenes satelitales.
Contacto: agricultura@cba.gov.ar
(0351) 4342100 Int: 3