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Preguntas Frecuentes

Del Emprendedor / Empresa Industrial Innovadora

¿Cuál es el objetivo del programa?
Fomentar y apoyar la creación de nuevas empresas industriales innovadoras

¿Qué se considera proyecto industrial innovador?
Se toma por proyecto industrial innovador aquel que cumpla con los requisitos dispuestos en el artículo 6° de la Ley N° 9727 y su anexo Decreto 1251/2010 sobre innovación, y su alcance a nivel industrial según CLANAE

¿A quién se considera Empresa Industrial Innovadora y/o Emprendedor Industrial?
Emprendedores y Empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de dos (2) años contados a partir de la inscripción en AFIP. Se define la fecha de inscripción de la empresa al momento de su registro en AFIP más allá de los cambios de razón social realizados.

¿Qué documentación debe presentar el emprendedor/empresa innovadora para participar del programa?
En caso de ser emprendedores no constituidos como sociedad ni inscriptas en AFIP, DGR o Municipalidad:
• Fotocopia DNI
En caso de tratarse de empresas ya constituidas:
• Constancia de inscripción en AFIP, DGR y Municipalidad
• Poder o designación del firmante
• Copia DNI del firmante

¿En qué consisten los aportes?
Los aportes que realiza la Empresa Madrina al Proyecto Innovador son Aportes no Reembolsables. El monto total será de hasta $360.000 en dos años: hasta $240.000 en el primer año y hasta $120.000 en el segundo

¿En qué puedo utilizar los aportes?
El Emprendedor podrá utilizar los aportes para el financiamiento de bienes de capital, materia prima, mobiliario, capital de trabajo y/o cualquier inversión necesaria para ejecutar y desarrollar el proyecto aprobado.
Excepciones:
– Adquisición de cualquier clase de vehículo, salvo que se trate de bienes de capital
– Pago de obligaciones financieras (cuotas, capital, intereses)
– Pago de Servicios públicos, impuestos, tasas y contribuciones, salvo cuando se encuentren vinculados al proyecto de inversión
– Cancelación de deudas existentes a la fecha de aprobación del proyecto.
– Adquisición de inmuebles
– Pago de cualquier inversión que hubiera sido realizada con fecha anterior a la presentación del proyecto.
– Todo gasto o inversión innecesaria para el logro de los resultados previstos en el proyecto y cualquier otro que, al solo criterio de la Autoridad de Aplicación, no resulte aceptable.

¿Cómo se arma el plan de desembolsos?
Al plan de desembolsos lo debe armar el emprendedor junto a la Madrina. Es el emprendedor quién debe solicitar los montos y la periodicidad de los desembolsos y ponerse de acuerdo con la Madrina para ello. El mismo deberá mostrarse detallado en la carta de compromiso y en el formulario de armado de proyecto que lo solicita.

¿Qué tipo de asesoramiento debe solicitar el emprendedor?
Dependiendo de la naturaleza de la Empresa Madrina, el emprendedor deberá solicitar el asesoramiento pertinente siendo este de índole técnico, legal, administrativo, contable, organizacional, etc.

¿Cómo armo el proyecto?
El armado del proyecto viene predeterminado por una seria de formularios muy simples de completar. Sin necesidad de contratar ninguna consultora o persona para formularlo. Dichos formularios los envía vía mail la Autoridad de Aplicación una vez registrados los emprendedores en el formulario de registro. bit.ly/EmprendeINNdustria-Emprendedor

¿Dónde presento el proyecto?
El proyecto deberá presentarse con todos los requisitos completados por mesa de entrada en el Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico, cita en Belgrano 347. Es importante presentar el proyecto completo y detallado ya que en caso de que haya documentación faltante o incompleta, se extenderán los plazos de evaluación de proyecto.

¿Cuándo entra en vigencia el proyecto?
Una vez aprobado el proyecto y emitida la resolución correspondiente, el proyecto entrará en vigencia el primer día hábil del mes siguiente.

¿Cuál es el vínculo entre el emprendedor y la Autoridad de Aplicación?
La Autoridad de Aplicación (la Secretaría de Industria en este caso) solicitará informes periódicos ante cada desembolso, controlando los gastos y que se haya cumplido lo pactado en la carta de compromiso y en el detalle de las etapas y actividades en el proyecto.

¿Cuánto dura el Programa?
El vínculo entre Emprendedor, Empresa Madrina y Autoridad de Aplicación tiene una duración de dos años por ley. Luego de los dos años, tanto el emprendedor como la Empresa Madrina podrán relacionarse según sus intereses.

De las Empresas Madrinas:

¿Quién puede ser Empresa Madrina?
Se considera Empresa Madrina a aquella Empresa consolidada de cualquier sector que se compromete a brindar el apoyo para la creación de una nueva Empresa Industrial Innovadora.
Es requisito de la Empresa Madrina tributar impuestos provinciales de la Provincia de Córdoba.
La Empresa no necesariamente debe residir en Córdoba, siempre y cuando tribute impuestos provinciales.
Para ser Madrina la Empresa no deberá tener parentesco de primer grado con el emprendedor o socios de la nueva Empresa Industrial Innovadora.

¿Pueden los proyectos tener más de una Empresa Madrina?
Los proyectos innovadores pueden tener más de una empresa madrina pero no se podrá superar el aporte previsto en el Artículo 21° de la Ley N° 9727 y su modificatoria mediante Ley 10239 de 2014 ($360.000)
¿Qué documentación debe presentar la Madrina para participar del programa?
Copia de DDJJ del Régimen 41/20: Participaciones Societarias
• Constancia de inscripción en AFIP, DGR y Municipalidad
• Poder o designación del firmante
• Copia DNI del firmante
• Certificado fiscal para contratar

¿Qué Rol cumple la Empresa Madrina?
La Madrina será responsable de cumplir con el compromiso de aportes que pacto con el emprendedor o nueva Empresa Industrial Innovadora y cumplir con el compromiso de asesoramiento técnico, administrativo, contable, organizacional, etc.

¿En qué consisten los aportes?
Los aportes que realiza la Empresa Madrina al Proyecto Innovador son Aportes no Reembolsables. El monto total será de hasta $360.000 en dos años: hasta $240.000 en el primer año y hasta $120.000 en el segundo.

¿Cómo se realizan los aportes?
Los aportes deberán realizarse en disponibilidades liquidas en moneda local acreditados vía transferencia bancaria.

¿Cuáles son los beneficios para la Empresa Madrina?
El Gobierno reconoce el vínculo entre el emprendedor y la Empresa y le otorga a la misma una desgravación del 125% de los aportes realizados al emprendedor (Crédito Fiscal). También la posibilidad de generar potenciales vínculos y relaciones con el emprendimiento amadrinado.

¿Qué impuestos se pueden desgravar?
Son impuestos provinciales, prioritariamente se aplica al impuesto sobre los Ingresos Brutos; en caso de no ser posible, podrá aplicarse al impuesto inmobiliario y/o automotor. Solo en los casos en que no pueda aplicarse la desgravación a los impuestos citados anteriormente, se podrá desgravar el Impuesto a los Sellos.

¿Puedo elegir qué impuesto desgravar?
No, el impuesto predeterminado a desgravar es sobre los Ingresos Brutos. Solo cuando la empresa Madrina esté exenta de pagar Ingresos Brutos se podrá desgravar Impuesto Inmobiliario provincial. Y así respectivamente para Automotor y Sellos.

¿Cómo se desgravan los impuestos?
La desgravación impositiva se realizará contra cada desembolso pactado entre la Empresa y el Innovador. La misma se realizará una vez comprobado el desembolso de la empresa y se aplicará sobre la deuda a vencer del mismo.
En los casos en que el Impuesto a desgravar sean los Ingresos Brutos, la desgravación se hará de manera automática, presentando la DDJJ mensual y desgravando el monto correspondiente al desembolso.

¿Qué ocurre en caso de que el desembolso sea mayor al monto tributado?
En este caso se acumulará crédito fiscal que se irá acreditando según los montos tributados en los meses siguientes al desembolso.

¿Qué ocurre con las percepciones, retenciones y recaudaciones bancarias de IIBB?
En estos casos el programa contemplará las recaudaciones bancarias, permitiendo mayor margen a la hora de planificar las desgravaciones y evitando así acumular saldo a favor.

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