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Registro General de la Provincia

Los siguientes trámites pueden ser gestionados por los profesionales según Título II – Capítulo I – art. 4 de la Ley Provincial 5.771.
En el caso de la Publicidad Directa puede ser gestionada por toda persona que invoque y acredite interés legítimo (art. 26.2 de la R.G. Nº 1/2011-Normativa Técnico Registral; art. 31 de la L.P. Nº 5.771).
El sometimiento de un inmueble al régimen de Bien de Familia podrá ser solicitada únicamente por los titulares registrales del mismo (Titulo II art. 3.1 y 3.2. R.G. Nº 1/2011).

Lugar y horario de atención
En el Registro General de la Provincia (Sede Central) sito en calle Santa Cruz esquina Luis de Azpeitia n°355:
La Atención al Ciudadano, es de 08:00 a 20:00 hs., en virtud de lo establecido en  Decreto N° 379/2012;  con la siguiente organización:

1- Entrega de todo tipo de documentos: de 08:00 a 20:00 hs.
2- Atención de los servicios de Mesa de Informes Generales: de 08:00 a 20:00 hs.
3- Atención del servicio de Relatoría: de 08:00 a 20:00 hs., con la modalidad de entrega de turnos que se establezca oportunamente.
4- Atención del servicio Tasas Administrativas: de 08:00 a 20:00 hs
5- Recepción de documentos no oponibles: de 08:00 a 20 hs. (Excepto las solicitudes de publicidad directa del sistema cronológico que se efectivizará de 08:00 hs a 14:00 hs., mientras dure el proceso de digitalización; y la publicidad de inmuebles del sistema Folio Real hasta las 18:30 hs., a efectos de viabilizar su expedición).
6- Recepción de documentos oponibles: de 08:00 a 14:00 hs.
7- Atención del servicio de Bien de Familia: de 08:00 a 14:00 hs
En las Delegaciones del interior: (a partir de Agosto del 2012)
8-Delegaciones de Río Cuarto, Bell Ville y San Francisco: de 08:00 a 20:00 hs.
9-Delegación Buenos Aires: de 09:30 a 15:30 hs.
10-En el resto de las Delegaciones: de 08:00 a 14:00 hs.

Página del Registro General de la Provincia