Reglamento de la Biblioteca Provincial de Maestros
1. Disposiciones generales:
- La BPM permanecerá abierta en el horario de 8 a 17:30 hs.
- El público en general podrá hacer consultas bibliográficas en nuestra sala de lectura en el horario establecido, con la presentación de su DNI.
- Todos los servicios de la Biblioteca Provincial de Maestros son gratuitos.
2. Usuarios:
Podrán inscribirse como socios:
Los docentes.
Los estudiantes de los Institutos de Formación Docente de gestión pública y privada.
Los agentes de la administración pública provincial (APP).
Los estudiantes universitarios.
3. Requisitos:
- Docentes y agentes de la APP
- Fotocopia DNI.
- Fotocopia del recibo de haberes.
- Fotocopia de un impuesto o servicio con domicilio actual.
- Estudiantes.
- Constancia de alumno regular debidamente actualizada y sellada por la autoridad competente.
- Fotocopia del DNI, y de un cedulón de impuesto o servicio con domicilio actualizado.
4. Préstamos:
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Préstamo en sala: el público en general podrá consultar el material en sala con la presentación de su DNI o LTP en caso de estudiantes.
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Préstamo a domicilio: es requisito indispensable para gozar del préstamo de material bibliográfico a domicilio ser socio de la biblioteca.
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Se prestan hasta 5 ítems en total.
- libros
- videos
- CD- DVD
- casettes de audio
- revistas
De acuerdo a:
- videos y material digital: 7días.
- Literatura: 10 días.
- Textos Nivel Inicial, Primario y Secundario: 30 días.
- Revistas: según título.
5. Devoluciones
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Los lectores deberán devolver el material retirado en las fechas o plazos estipulados.
6. Renovación
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Cumplido el plazo del préstamo, el socio deberá traer el libro pudiendo ser renovado siempre que no esté reservado para otro socio.
7. Resguardos y Sanciones
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Los lectores deberán manejar con sumo cuidado el material que se les facilite, comunicando al bibliotecario cualquier deterioro o anormalidad.
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Está prohibido rayar, señalar párrafos y/o mutilar las obras que se le faciliten en préstamo.
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El material debe ser devuelto en la fecha estipulada; de lo contrario, se aplicará al usuario una suspensión equivalente a la cantidad de días de mora.
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Todo material dañado y/o perdido deberá ser repuesto en su edición original o según disposición de la coordinadora.
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Ante la falta de devolución del material retirado, la biblioteca enviará un reclamo recordatorio; en caso de no obtener respuesta satisfactoria, se gestionará su devolución a través de otros mecanismos legales determinados por la Subsecretaría.
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Aquel socio que incurra en reiterados incumplimientos podrá ser dado de baja y su pedido de reincorporación quedará sujeto a decisión de la Coordinadora de la biblioteca.
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Las sanciones previstas precedentemente serán aplicadas sin perjuicio de las responsabilidades legales que pudieran corresponder.
8. Disposiciones especiales
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Los casos no contemplados en el presente reglamento serán considerados por la dirección de la Biblioteca Provincial de Maestros.