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Jefe de Gabinete

Oscar González
Oscar Félix González
Competencia del cargo

Compete a la Jefatura de Gabinete asistir al Poder Ejecutivo en todo lo inherente al gobierno político interno, a las relaciones institucionales, sociales y gremiales del Poder Ejecutivo, así como asistirlo en lo relativo a las políticas en materia municipal y comunal.

Funciones

- La determinación de los objetivos y la formulación de las políticas del área de su competencia.

- La ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.

- La organización y convocatoria de las reuniones y acuerdos de gabinete, coordinando los asuntos a tratar.

- La coordinación de las actividades de los Ministerios y Secretarías de Estado, entre sí y de su relación con el Poder Ejecutivo, de las actividades de los organismos centralizados, descentralizados, autárquicos, Agencias, Empresas y Sociedades del Estado, de modo de obtener la mayor eficacia y celeridad en las acciones de Gobierno; organizando y coordinando, en su caso Gabinetes Sectoriales de determinadas áreas de gobierno.

- La coordinación de las relaciones con el Poder Legislativo; interviniendo en las comunicaciones y pedidos de informes provenientes del mismo; concurriendo a la Legislatura en forma periódica para informar sobre aquellos asuntos que lo requieran.

- La convocatoria y prórroga de las sesiones de la Legislatura Provincial.

- Redactar la memoria anual de la actividad cumplida por el Poder Ejecutivo, quien la elevará a la Legislatura, en ocasión de la apertura anual de sus sesiones.

- Las relaciones con:
a. El Gobierno Nacional y organismos federales, los Estados Provinciales.
b. Los municipios, comunas y comunidades regionales.
c. Las autoridades militares, eclesiásticas y cuerpo consular con asiento en la Provincia.
d. Los organismos institucionales, gremiales, económicos y sociales y demás instituciones de la sociedad civil.
e. Los partidos políticos reconocidos y vigentes.
f. Las organizaciones religiosas que funcionen en la Provincia para garantizar el libre ejercicio del culto.

- El desarrollo y coordinación de las acciones de gobierno que fortalezcan la envergadura institucional y capacidad de gestión de las Comunidades Regionales, brindando asistencia técnica y financiera mediante convenios para su funcionamiento, desarrollo de iniciativas o integración de servicios.

- La planificación, coordinación y evaluación de políticas publicas y actividades encaminadas a consolidar el desarrollo y la convergencia regional, promoviendo mediante acciones efectivas la reducción de los desequilibrios territoriales, el adelanto de las zonas mas rezagadas y su integración plena con el resto de la Provincia y corredores que esta conforma.

- La planificación y ejecución de acciones tendientes a procurar, mediante la vía del diálogo y la participación, la interacción del Estado y la Sociedad Civil, promoviendo la utilización de medios que generen vínculos y agendas compartidas.

- La supervisión de las Delegaciones Oficiales del Gobierno de la Provincia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las ciudades de Río Cuarto, San Francisco y las que se creen en el futuro.

- El desarrollo y administración del sello editorial de la Provincia de Cordoba.

- La planificación, organización y cooperación con las autoridades correspondientes, de la actividad electoral en la Provincia.

- La promoción de mecanismos de concertación y estudios técnicos para el desarrollo de iniciativas y proyectos relacionados con la materia electoral.

- La gestión de la ayuda directa que otorgue el Poder Ejecutivo, en el marco de la vinculación y cooperación institucional.

- La intervención previa y autorización preventiva de todo tipo de publicaciones que realice la Administración Pública Provincial, tanto centralizada como descentralizada.

- Intervenir en el funcionamiento, administración y fiscalización de la Administración Provincial de Seguro de Salud (APROSS) y mantener las relaciones necesarias con dicho organismo, con los alcances que legalmente correspondan.

- El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial, conforme a las previsiones establecidas por la legislación vigente.

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