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Institucional

Ministro de Ciencia y Tecnología

Pablo Javier De Chiara

Secretaría de Nuevas Tecnologías y Economía del Conocimiento

Federico Sedevich

Secretaría de Articulación Científica Tecnológica

Gabriel Raya Tonetti

Subsecretaría de Vinculación Tecnológica Productiva

Gonzalo Valenci

Dirección General de Administración y Legales

Juan Manuel Vassia

Compete al Ministerio de Ciencia y Tecnología, en general, asistir al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la formulación, coordinación, implementación y evaluación de la política científico-tecnológica de la Provincia de Córdoba.

El ministerio entenderá en:

1. La determinación de los objetivos y la formulación de las políticas del área de su competencia.
2. La ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.
3. La supervisión, coordinación y fiscalización del Centro de Excelencia en Productos y Procesos (CEPROCOR).
4. La promoción y apoyo a la actividad científico-tecnológica y a la formación de postgrado de recursos humanos de nuestra Provincia.
5. El impulso, coordinación, promoción, financiamiento, cofinanciamiento e implementación vinculado a la interacción del sistema científico-tecnológico con el sector productivo de bienes y servicios y con aquéllos que se orienten a resolver problemas específicos de la Provincia.
6. La coordinación y conducción de las políticas de todos los centros de investigación y/o tecnología avanzada en el ámbito del Gobierno Provincial.
7. La propuesta, formación y organización de centros de excelencia y la gestión de aportes de fondos tanto en organismos públicos como privados, nacionales o internacionales, con destino a programas científico-tecnológicos.
8. El apoyo, desarrollo y generación de núcleos de investigación en áreas de vacancia de conocimiento científico puro y aplicado en el sector científico tecnológico localizado en el territorio de la Provincia de Córdoba, la creación de centros científico-tecnológicos provinciales y la administración de programas para el desarrollo del conocimiento científico puro y aplicado.
9. Las relaciones interinstitucionales en los órdenes nacional e internacional, correspondientes al ámbito de su competencia; generar canales apropiados de comunicación con los centros de formación universitaria, entre éstos, las instituciones socio económicas privadas y los organismos gubernamentales del estado provincial y los municipios de la Provincia.
10. El asesoramiento e interacción con otras áreas del Gobierno de la Provincia, coordinando acciones conjuntas en temas en que por su naturaleza, intervengan aspectos científicos y/o técnicos en el sector público provincial, para un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales.
11. La realización de las acciones de transferencia y difusión de los resultados y criterios del área científico-tecnológico.
12. Coordinar el funcionamiento del Consejo Provincial de Ciencia y Tecnología.
13. Representar al Poder Ejecutivo Provincial en el Consejo Federal de Ciencia y Tecnología (COFECyT)de la Nación.
14. Ser la autoridad de aplicación de la Ley Nacional de Innovación Tecnológica Nro 23877, constituir el Consejo Consultivo previsto en el Art 21, con las funciones descriptas en el Art. 22 de la misma.
15. Cumplimentar las funciones que la Ley de Creación de la Agencia de Innovación o Entidad de naturaleza equivalente, le asigne al Ministerio de Ciencia y Tecnología.
16. El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial conforme a las atribuciones, derechos y facultades otorgadas por la legislación vigente y ser Autoridad de Aplicación de todas las normas específicas referidas a su competencia.