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Institucional Vinculación Comunitaria

Ministro de Vinculación Comunitaria

Daniel Pastore

Secretaría de Co ordinación General del Poder Ejecutivo

CRAVERO María Guadalupe

Secretaría de Prensa

CENTENO DÍAZ Sebastián Matías

Secretaría de Difusión

ARZÚ Carlos Alejandro

Secretaría de Comunicación y Vinculación Comunitaria

FLORES Gabriela

Secretaría de Ceremonial

IPARRAGUIRRE Rodolfo Alberto

Subsecretaría de Administración

SMITH Jorge Guillermo

Subsecretaría de Contenidos Digitales

COMBINA Nicolás Alejandro

Subsecretaría de Prensa

GONZÁLEZ Flavio Ezequiel

Subsecretaría de Comunicación y Vinculación Comunitaria

PANTANO María Laura

Subsecretaría de Protocolo

ORONA Dante Manuel

Dirección General de Legales

CUASSOLO Romina Noel

Dirección General de Administración y Recursos Humanos

FERNÁNDEZ María Victoria

Dirección General de Contenidos Digitales

SOSA Héctor Gustavo

Asistir al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la planificación, control y gestión de la política educativa de acuerdo con la finalidad, principios y lineamientos que establece la Constitución de la Provincia.

El ministerio entenderá en:

  1. La determinación de los objetivos y en la formulación de las políticas del área de su competencia.
  2. La ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.
  3. La organización, fiscalización y actualización de los programas educativos en todos los niveles y modalidades.
  4. La orientación de la oferta educativa mediante la diversificación de la enseñanza de nivel medio y superior no universitario, teniendo en cuenta los requerimientos del desarrollo provincial.
  5. Las relaciones con los institutos del sector privado; y establecer las normas de supervisión y el reconocimiento de su enseñanza cuando corresponda.
  6. La programación y gestión del proceso de reforma del sistema educativo provincial; de los estatutos y demás normas que rigen la carrera y el ejercicio de la docencia.
  7. La estimulación y la utilización de los recursos tecnológicos en comunicación y demás medios con fines de extensión educativa.
  8. Lo concerniente a becas y préstamos vinculados con la educación.
  9. Las relaciones con el Ministerio de Educación de la Nación para coordinar, ejecutar y administrar programas de asistencia técnica y financiera que el mismo implemente en jurisdicciones provinciales.
  10. La adopción de medidas tendientes a erradicar el fracaso y la deserción escolar, y establecer los mecanismos para elevar la calidad y equidad educativa.
  11. La adecuación de la programación y gestión educativa a las demandas regionales de empleo y desarrollo económico social de la Provincia.
  12. El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial conforme a las atribuciones, derechos y facultades otorgadas por la legislación vigente y ser Autoridad de Aplicación de todas las normas específicas referidas a su competencia.
  13.  Coordinar el funcionamiento del Consejo Provincial de Política Educativa.