Ministro de Vinculación Comunitaria
Daniel Pastore
Secretaría de Coordinación General del Poder Ejecutivo
María Guadalupe Cravero
María Guadalupe Cravero
Secretaría de Prensa
Sebastián Matías Centeno Díaz
Sebastián Matías Centeno Díaz
Subsecretaría de Prensa
Flavio Ezequiel González
Flavio Ezequiel González
Secretaría de Difusión
Carlos Alejandro Arzú
Carlos Alejandro Arzú
Secretaría de Comunicación y Vinculación Comunitaria
Gabriela Flores
Gabriela Flores
Subsecretaría de Co municación y Vinculación Comunitaria
María Laura Pantano
María Laura Pantano
Secretaría de Ceremonial
Rodolfo Alberto Iparraguirre
Rodolfo Alberto Iparraguirre
Subsecretaría de Protocolo
Dante Manuel Orona
Dante Manuel Orona
Subsecretaría de Administración
Jorge Guillermo Smith
Jorge Guillermo Smith
Dirección General. de Legales
Romina Noel Cuassolo
Romina Noel Cuassolo
Dirección General de Administración y Recursos Humanos
María Victoria Fernández
María Victoria Fernández
Subsecretaría de Contenidos Digitales
Nicolás Alejandro Combina
Nicolás Alejandro Combina
Dirección General de Contenidos Digitales
Héctor Gustavo Sosa
Héctor Gustavo Sosa
Secretaría de Co ordinación General del Poder Ejecutivo
CRAVERO María Guadalupe
Secretaría de Prensa
CENTENO DÍAZ Sebastián Matías
Secretaría de Difusión
ARZÚ Carlos Alejandro
Secretaría de Comunicación y Vinculación Comunitaria
FLORES Gabriela
Secretaría de Ceremonial
IPARRAGUIRRE Rodolfo Alberto
Subsecretaría de Administración
SMITH Jorge Guillermo
Subsecretaría de Contenidos Digitales
COMBINA Nicolás Alejandro
Subsecretaría de Prensa
GONZÁLEZ Flavio Ezequiel
Subsecretaría de Comunicación y Vinculación Comunitaria
PANTANO María Laura
Subsecretaría de Protocolo
ORONA Dante Manuel
Dirección General de Legales
CUASSOLO Romina Noel
Dirección General de Administración y Recursos Humanos
FERNÁNDEZ María Victoria
Dirección General de Contenidos Digitales
SOSA Héctor Gustavo
Asistir al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la planificación, control y gestión de la política educativa de acuerdo con la finalidad, principios y lineamientos que establece la Constitución de la Provincia.
El ministerio entenderá en:
- La determinación de los objetivos y en la formulación de las políticas del área de su competencia.
- La ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.
- La organización, fiscalización y actualización de los programas educativos en todos los niveles y modalidades.
- La orientación de la oferta educativa mediante la diversificación de la enseñanza de nivel medio y superior no universitario, teniendo en cuenta los requerimientos del desarrollo provincial.
- Las relaciones con los institutos del sector privado; y establecer las normas de supervisión y el reconocimiento de su enseñanza cuando corresponda.
- La programación y gestión del proceso de reforma del sistema educativo provincial; de los estatutos y demás normas que rigen la carrera y el ejercicio de la docencia.
- La estimulación y la utilización de los recursos tecnológicos en comunicación y demás medios con fines de extensión educativa.
- Lo concerniente a becas y préstamos vinculados con la educación.
- Las relaciones con el Ministerio de Educación de la Nación para coordinar, ejecutar y administrar programas de asistencia técnica y financiera que el mismo implemente en jurisdicciones provinciales.
- La adopción de medidas tendientes a erradicar el fracaso y la deserción escolar, y establecer los mecanismos para elevar la calidad y equidad educativa.
- La adecuación de la programación y gestión educativa a las demandas regionales de empleo y desarrollo económico social de la Provincia.
- El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial conforme a las atribuciones, derechos y facultades otorgadas por la legislación vigente y ser Autoridad de Aplicación de todas las normas específicas referidas a su competencia.
- Coordinar el funcionamiento del Consejo Provincial de Política Educativa.