El Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, brinda asistencia ágil, como efectiva, en el auxilio y la colaboración mediante ayudas directas no reintegrables a damnificados por desastres y catástrofes naturales o eventos provocados por la acción humana.
Además, se ejecutan las obras necesarias para paliar, reparar y reconstruir las consecuencias negativas de dichas situaciones.
En funcionamiento desde el 2015, el Fondo abarca a personas físicas y jurídicas como comercios o establecimientos productivos y es una respuesta integradora coordinada en conjunto con el Ministerio de Desarrollo Social, de Industria, Comercio y Minería, Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Contempla el otorgamiento de subsidios no reintegrables para la reposición de mobiliario, electrodomésticos, reparación y reconstrucción de viviendas y permitir reiniciar la actividad, pero también prevé créditos a tasa cero y a tasa subsidiada.
Requiere la declaración previa por parte del Poder Ejecutivo del Estado del Desastre o disposición similar y su otorgamiento no impide la percepción de otros beneficios de cualquier carácter o naturaleza.
Se comprende por “desastre” a aquellos fenómenos naturales, o causados directa o indirectamente por acción u omisión humana, susceptibles de producir grandes daños alcanzando con estos a un número determinado o indeterminado de personas o bienes, que se produce en la totalidad de la extensión territorial de la Provincia o en áreas, regiones o zonas específicas.
Desde la Secretaría General se administra el Fondo cumpliendo con su competencia de gestionar eficientemente los recursos del Estado Provincial y asistir al Poder Ejecutivo en todo lo relativo a la organización y funcionamiento de la Administración Pública.