Fiscal
Escribanía General de Gobierno
Subsecretaría de Coordinación
Fiscalías de Estado Adjuntas
Secretaría Legal y Técnica
Fiscalías de Estado Adjuntas
Secretaría Relatora
Secretaría Relatora
Secretaría Relarota
Compete a la Fiscalía de Estado, que tendrá dependencia inmediata del Poder Ejecutivo, en general todo lo inherente al control de legalidad administrativa y la defensa del patrimonio de la Provincia.
1. El control interno con relación a todos los actos administrativos que inicie cada uno de los Ministerios, organismos, empresas, sociedades del estado y de economía mixta, a fin de verificar las normas y procedimientos seguidos, y emitir opinión sobre su procedencia y grado de cumplimiento de los objetivos y previsiones incluidas en los planes de acción y presupuestario respectivos.
2. La supervisión y fiscalización de la Escribanía General de Gobierno, y entender en laformalización notarial de los actos jurídicos del Gobierno Provincial.
3. El asesoramiento técnico, jurídico y de orden administrativo al Poder Ejecutivo.
4. La supervisión y fiscalización del Boletín Oficial de la Provincia y entender en la publicación de leyes, decretos y otros actos de gobierno según lo dispongan las normas vigentes.
5. El asesoramiento sobre los proyectos de ley a remitir al Poder Legislativo, como así también las comunicaciones ypedidos de informes provenientes del mismo.
6. La edición oficial y en la compilación e información sistematizada de la legislación provincial, nacional.y extranjera, jurisprudencia y doctrina.
7. La realización de las verificaciones de los créditos en los distintos procesos concursales ofalenciales.
8. La organización, y supervisión de la Escuela de Capacitación de Abogados del Estado de la Provincia.
9. La supervisión de la Oficina de Investigaciones Administrativas.
10. La supervisión del Archivo de Gobierno.
11. El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial conforme a las atribuciones, derechos y facultades otorgadas por la legislación vigente y ser Autoridad de Aplicación de todas las normas específicas referidas a su competencia.
12. El Fiscal de Estado es el representante de la Provincia de Córdoba en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias en las sociedades en que el Estado Provincial sea parte.