Ministro de Salud
Ricardo Pieckenstainer
Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud
ALONSO Diego Enrique
Secretaría de Salud
GIORDANA Carlos Gustavo
Secretaría de Prevención y Asistencia de las Adicciones
GARCIA FERREYRA SANTOS María
Secretaría de Salud Mental
GUIDETTI María Pía Andrea
Secretaría de Coordinación y Gestión Administrativa
VICENTE Matías Agustín
Instituto de Investigación y Planificación Sanitaria
KLEIN Gustavo Javier
Subsecretaría de Gestión Administrativa
VASSALLO Santiago
Subsecretaría de Formación en Salud y Seguridad del Paciente
CORRALES Rubén Osvaldo
Subsecretaría de Prevención de las Adicciones
MAIOCCO Florencia
Subsecretaría de Integración Sanitaria
DUCANT Manuel
Subsecretaría de Estrategias Sanitarias y Acceso a la Salud
LÓPEZ Laura Raquel
Dirección General de Planificación Sanitaria
SIMONINI Claudia Fany
Dirección General de Capacitación y Formación de Salud
GARCÍA FERREIRA Santos María
Dirección General de Protección de la Embarazada y su Bebé
BELVEDER María José
Dirección General de Administración
WILLATOWSKI Emiliano
Dirección General de Atención Primaria de la Salud
GODOY Ana Carolina
Dirección General de Gestión del Capital Humano
SILVA Florencia Gabriela
Dirección General de Compras y Contrataciones
MACCIO José Sebastián
Dirección General de Hospitales del Interior
AMODEI Pablo Bartolo
Dirección General de Asuntos Legales
CIMA BERRETTA Gonzalo José
Instituto de Investigación y Planificación Sanitaria
Rodolfo Héctor Rodriguez
APROSS
Rodolfo Nicolás Carvajal
Compete al Ministerio de Salud, en general, asistir al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud.
El ministerio entenderá en:
- La determinación de los objetivos y la formulación de las políticas del área de su competencia.
- La propuesta y aplicación de la política sanitaria en todo el territorio provincial.
- La ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.
- La fiscalización del funcionamiento de los servicios y la administración de las instituciones y establecimientos públicos y privados de su jurisdicción.
- Las acciones destinadas a promover la formación y capacitación de los recursos humanos destinados al área de la salud
- La elaboración de las normas destinadas a regular las acciones del equipo de salud en el ámbito educacional.
- El ejercicio de poder de policía sanitaria en lo referente a productos, equipos e instrumental vinculados con la salud.
- La coordinación de los servicios estatales (nacionales, provinciales y municipales) con los servicios privados de salud.
- La organización, dirección y fiscalización del registro de establecimientos sanitarios, públicos y privados.
- El control y fiscalización de todo lo atinente a la producción, elaboración, distribución, disponibilidad y comercialización de los productos medicinales, biológicos, drogas, dietéticos, hierbas y otras tecnologías de aplicación en salud
- La regulación, control y fiscalización de las actividades en los institutos asistenciales y de investigación relacionados con la salud humana, de carácter público o privado.
- La promoción de la educación sanitaria a través de los establecimientos educacionales para crear desde la niñez conciencia sanitaria en la población.
- La elaboración de los programas materno infantiles en el ámbito provincial tendientes a disminuir la morbimortalidad materna e infantil.
- La elaboración de los planes de las campanas sanitarias destinadas a lograr el control de enfermedades endémicas, tratamientos y rehabilitación de enfermos.
- La elaboración, ejecución de acciones y otorgamientos de subsidios tendientes a lograr la readaptación y reeducación de las personas con capacidades diferentes.
- La administración de los fondos destinados a solucionar problemas de salud en situaciones de necesidad no previstos o no cubiertos por los sistemas en vigencia.
- La elaboración, ejecución y fiscalización de programas integrados y un sistema de salud que cubra a los habitantes de la Provincia para el cuidado de la salud y/o en caso de enfermedad, aplicando los criterios de la atención primaria de la salud en el desarrollo de las actividades de atención médica.
- La regulación, control y fiscalización del ejercicio de las profesiones vinculadas con la salud.
- El ejercicio del poder de policía sanitaria en lo referente al registro de la calidad constitutiva de las asociaciones o sociedades que gerencien, administren o financien servicios prestadores de salud.
- La elaboración y ejecución de acciones tendientes a lograr la prevención, tratamiento, readaptación y reeducación de la población que se vea dominada por procesos de adicción.
- La elaboración de los planes de las campanas sanitarias destinadas a lograr el control de enfermedades (retrovirales, VIH / Sida y otras) y de las acciones destinadas al tratamiento y recuperación.
- La coordinación, y fiscalización de las acciones de salud efectuadas por los municipios en la jurisdicción provincial y la prestación a estos de asesoramiento o asistencia financiera mediante convenios, para el funcionamiento, desarrollo o integración de servicios sanitarios.
- Entender en la administración de los recursos económicos provenientes del Fofindes y otras fuentes, con destino a contribuir en la prestación de la atención sanitaria de los municipios y comunas en todo el territorio provincial.
- La elaboración, ejecución y fiscalización de programas integrados para donación, ablación y trasplantes de órganos.
- La elaboración, ejecución y fiscalización de programas de salud, tanto a nivel grupal, individual y familiar, con el objeto de propiciar cambios de conductas permanentes y pautas favorables para la salud y el asesoramiento o asistencia financiera mediante convenios a instituciones públicas o privadas para el desarrollo e implementación de dichos programas.
- Entender en la regulación de la medicina prepaga.
- El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial conforme a las atribuciones, derechos y facultades otorgadas por la legislación vigente y el ejercicio del carácter de Autoridad de Aplicación de todas las normas especificas referidas a su competencia, en particular las que se refieren al Equipo de Salud Humana.
- Coordinar el funcionamiento del Consejo Provincial de la Salud.
- La supervisión, coordinación y regulación del Instituto de Investigación y Planificación Sanitaria.