Los objetivos del programa de Conservación de Suelos derivan de las obligaciones definidas en la legislación vigente en materia de suelos (Ley 8936 conocida como Ley de Conservación de Suelos y Ley 8863 conocida como Ley de Consorcios de Conservación de Suelos), de los respectivos decretos reglamentarios y de las competencias del Ministerio de Agricultura, Ganadería, y Alimentos en lo referido a: “contribuir al máximo desarrollo sustentable de todos los sectores productivos de la Provincia con especial énfasis en la conservación de los recursos naturales y la viabilidad económica de las empresas agropecuarias”.
Objetivos:
►Controlar y prevenir los procesos de degradación de los suelos
►Recuperar, rehabilitar y mejorar los suelos para la producción
►Difundir las prácticas de manejo sustentable de los suelos
►Promover la educación conservacionista
►Promover el asociativismo a través de la conformación de consorcios de conservación de suelos y de asociaciones de consorcios
Obligaciones:
►Elaborar un diagnóstico general del estado de los suelos del territorio provincial, declarar los Distritos de Recuperación de Suelos y establecer el Catálogo de Prácticas Conservacionistas a aplicar en los Distritos.
►Integrar y presidir el Consejo Central de Protección de los Suelos.
►Ejercer la autoridad de aplicación de la Ley de Creación y Funcionamiento de los Consorcios de Conservación de Suelos (Ley 8863 del año 2000), reglamentada mediante el decreto 151/04 el cual define las normas de funcionamiento los Consorcios.
Contacto: eugenio.fernandez@cba.gov.ar
(0351) 4342092/93/94. Int. 2