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JUNTA DE CLASIFICACIÓN SECUNDARIA D.G.E.Sec.

Junta de Clasificación de Nivel Secundario dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria (D.G.E.Sec.)

Dirección: Salta 74 (P.B. y 1° Piso), Barrio Centro de la Ciudad de Córdoba.
Teléfono: 0351-4332368/97 – 0351-4332666/67
Por consultas referidas a la convocatoria anual
informesyexpedientes.juntasecundaria@cba.gov.ar
Requisitos indispensables  Consignar o informar el número de DNI
Por inconvenientes con el Sistema   Juntamediareclamos@cba.gov.ar
Requisitos Indispensables  Consignar O Informar El Número De Dni
Por inconvenientes con el uso de CiDi 
www.ciudadanodigital.cba.gov.ar /preguntas-frecuentes/
Por teléfono al       0800-888-1234

Correspondientes a horas cátedras, cargos, cargos Jerárquicos no Directivos, cargos Directivos, de Inspección y PIT, en la plataforma digital CiDi – Junta de Clasificación Secundaria – Consultar Orden de Mérito Próximo Ciclo Lectivo.
En el mismo periodo podrán presentar reclamo por CiDi – Junta de Clasificación Secundaria
– Gestionar Reclamos.

 

Además, podrán agregar títulos definitivos Superiores y/o Universitarios, los agentes inscriptos en la presente convocatoria cuya fecha de egreso sea anterior al 14/05/2023.
Quedan exceptuados de este límite temporal los títulos docentes de nivel superior o universitario y los trayectos pedagógicos para graduados no docentes, con certificación definitiva al 03/11/2023.
El agregado de título/s podrá ser registrado por CiDi – Junta de Clasificación Secundaria
– Gestionar Antecedentes, según los requisitos de la Res. 0001/2023. Analítico para títulos de Nivel Superior no Universitario – Analítico y Diploma para títulos Universitarios.
Es responsabilidad del agente corroborar que los títulos agregados contengan imágenes legibles, en formato PDF de anverso y reverso (2MB), con las legalizaciones correspondientes en analíticos y diplomas.

Podrán agregar títulos definitivos Superiores y/o Universitarios, los agentes inscriptos en la presente convocatoria cuya fecha de egreso sea anterior al 26 de Mayo de 2022.
El agregado de título/s podrá registrarlo por CiDi – Junta de Clasificación Secundaria –Gestionar Antecedentes, según los requisitos de la Res. 0001/2022. Analítico para títulos de Nivel Superior no Universitario – Analítico y Diploma para títulos Universitarios.
Es responsabilidad del agente corroborar que los títulos agregados contengan imágenes legibles, en formato PDF de anverso y reverso (2MB), con las legalizaciones correspondientes en analíticos y diplomas.

LISTAS DE ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVAS (L.O.M.2023) correspondientes a Horas Cátedra, cargos de base, cargos jerárquicos no Directivos, PIT, cargos Directivos y de Inspección (CiDi – Junta de Clasificación Secundaria), período durante el cual también podrá presentar el recurso de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio a través del trámite digital.
Asimismo, durante el mismo período podrá presentar el único reclamo en contra de la L.O.M. de traslados.

– RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y/O JERÁRQUICO EN SUBSIDIO:
Podrá presentarse ingresando a este link adjuntando el modelo sugerido:
https://fid.cba.gov.ar/ee-fid-multinota/form/EDUCASECU/recPuntaje
CLICK ACÁ PARA VER MODELO DE RECURSO 

– TRASLADO:
En el caso de que requiera presentar reclamo, debe completar la siguiente planilla (CLICK ACÁ PARA DESCARGAR PLANILLA) 
 y enviarla al email: juntamediareclamos@cba.gov.ar

  • Deberán contar con título de nivel secundario, superior y/o universitario. 
  • Solo se podrá efectuar a través de la plataforma Ciudadano Digital (CiDi / Junta de Clasificación Secundaria / Gestionar Antecedentes / Registro de Antecedentes)
  • Tasa Retributiva de Servicios (Art. 97, inc. 2): el formulario podrá ser descargado desde el CiDi y abonada por los siguientes medios de pago: Banco de la Provincia de Córdoba; Rapipago; Pago Fácil; On-line/Home Banking. Cargar el comprobante de pago en “CiDi / Junta de Clasificación Secundaria /Gestionar Antecedentes/Tasa retributiva” conforme las especificaciones indicadas.
  • Título: (Diploma y Analítico para títulos universitarios, y para títulos de nivel secundario o superior: certificado analítico legalizado), bajo las condiciones dispuestas para el registro de título.

    REQUISITOS que debe cumplimentar un título para ser registrado:
    a. Título de nivel secundario: Certificado Analítico Final, legalizado por el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba (Ley 8127)
    b. Título Universitario: Diploma legalizado por GESTIÓN UNIVERSITARIA/Secretaría de Políticas Universitarias (código QR) (para los títulos con fecha de egreso enero del año 1997 en adelante) y Certificado Analítico Final.
    c. Título de Nivel Superior emitidos en papel moneda: legalizado por el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba. (Ley 8127)
    d. Títulos de otras jurisdicciones emitidos en papel moneda: deberán estar legalizados en el Ministerio del Interior, o en su defecto en el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba. (Ley 8127)
    e. Títulos NO emitidos en papel moneda: deberá legalizarlo en el Ministerio del Interior (https://www.argentina.gob.ar/servicio/legalizar-documentos-publicos)
    f. Títulos universitarios y superiores extranjeros: Convalidación de la Secretaría de Políticas Universitarias/Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación de la Nación.

    AGREGADO EXCEPCIONAL DE TÍTULOS FUERA DE CONVOCATORIA ANUAL:

  • Durante los primeros días de la publicación de la LOM Provisoria (se publicará la fecha oportunamente), los aspirantes podrán ingresar títulos, de nivel superior y/o universitario, definitivos y legalizados acorde a lo indicado (cuya fecha de egreso sea anterior al cierre de la presente convocatoria y emitidos con posterioridad a esa fecha).

  • Requisito indispensable: Tener abierto el legajo con anterioridad o durante la presente convocatoria y estar inscripto en el Formulario C.
  • El Agregado de Antecedentes deberá realizarse a través del CiDi (Gestionar Antecedentes /Registro de Antecedentes). 
  • Es RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA del interesado CORROBORAR que todos sus títulos y/o antecedentes consten en forma COMPLETA Y CORRECTA en el sistema, como la carga EFECTIVA de los archivos PDF. Caso contrario, debe proceder a la carga de los faltantes (siempre que reúnan los requisitos establecidos por el Dcto. 257/19). 

Para mayor información sobre el marco normativo y procedimiento de inscripción de aspirantes a titularidades, interinatos y/o suplencias para el próximo ciclo lectivo, consultar la Resolución N° 0001/2023 y el instructivo

Ingresar en CiDi / Junta de Clasificación Secundaria / Inscripciones Junta de Clasificación Secundaria

Especificaciones de cada uno de los formularios:

  • Formulario C : aspirantes a horas cátedras en asignaturas y cargos de base; cargos jerárquicos no directivos
  • Formulario D : aspirantes a cargos Directivos
  • Formulario I : aspirantes a cargo Inspector
  • Formulario T : aspirantes a traslados (jurisdiccionales)
  • Formulario PIT : aspirantes a Programa de Inclusión y Terminalidad

1. Se recomienda contar con todos los datos y documentación necesaria previa a iniciar sesión en el sistema. Transcurridos 20 minutos de inactividad, la sesión caduca, pudiendo reingresar para completar el procedimiento.

2. Finalizada la inscripción o la carga de antecedentes (NO REPETIR LA CARGA DE LOS MISMOS), y previo a controlar la correcta carga de los archivos, recuerde que podrá  GUARDAR E IMPRIMIR el “Reporte de los antecedentes agregados”.

3. Los aspirantes DEBEN cargar los títulos y/o antecedentes que reúnen los requisitos del Dcto. 257/19 y no consten en el sistema, CADA UNO EN EL ÍTEM CORRESPONDIENTE. 

4. En el ítem Antigüedad sólo debe agregar las certificaciones correspondientes a servicios docentes de instituciones privadas y/o de otras jurisdicciones, con las legalizaciones finales correspondientes de la autoridad jurisdiccional/ANSES, siempre  que no consten en su Historia Laboral, emanada de la Dirección de Recursos Humanos del Gobierno de la Provincia de Córdoba.

5. Certificados de trabajo institucional y Concepto docente, el aspirante SÓLO debe agregar los correspondientes hasta el año 2018 inclusive. A partir del ciclo 2019 deben ser agregados por las escuelas/Inspecciones.

6. Certificados por tareas de Docente Orientador DEBEN ser agregados por el aspirante.

7. El agregado de antecedentes de forma virtual, deberá hacerlo en las condiciones indicadas anteriormente, y en los ítems correspondientes conforme al Decreto 257/19, siendo condición para su valoración.

Los aspirantes que hubieren realizado la apertura de legajo, el registro de título, el agregado de antecedentes y la inscripción para la Lista Anexa 2020, con un certificado de carácter provisorio, en el marco de la disposición del Memorándum 011/20, deberán cargar el Título definitivo durante la presente convocatoria (CiDi / Junta de Clasificación Secundaria / Gestionar antecedentes / Registrar antecedentes.

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