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Ley 10058

En Córdoba está en plena vigencia la Ley 10.058. «Muerte Digna»

Además, se informa que se está poniendo en marcha el Registro de Declaración de Voluntad Anticipada en el Hospital Córdoba.

La Ley 10.058 tiene por objeto establecer, regular y garantizar el derecho que tiene cualquier persona a decidir en forma anticipada su voluntad respecto a la negativa a someterse a medios, tratamientos o procedimientos médicos de encarnizamiento terapéutico que pretendan prolongar de manera indigna su vida.

El Registro de DVA ha instrumentado un formulario para facilitar la expresión de la voluntad anticipada, que puede ser completado y presentado en este organismo, que realiza una revisión y validación de la declaración.
La misma es conservada en el registro manteniendo la confidencialidad y la protección de datos personales.

No obstante, el formulario no es la única manera en la que se puede expresar la voluntad, también es posible confeccionar una declaración personal y/o generar un documento propio.
Para esto, no es necesaria la intervención de un abogado o un escribano, pero la persona puede hacerlo de esa manera si lo prefiere.

Se ha puesto a disposición de la comunidad una dirección de correo electrónico, registro.dva@cba.gov.ar a través de la cual se pueden hacer consultas y obtener el formulario de declaración de voluntad anticipada, que se adjunta.

Teléfono directo: (0351) 4529020 o bien (0351) 4529000 – interno 220.