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Repis – Registro Provincial de Investigaciones de Salud

El RePIS es el Área donde deben inscribirse (registro), conforme los procedimientos que fija la Autoridad de Aplicación:

  1. Todas la investigaciones en seres humanos comprendidas en el Art. 2° de la Ley Provincial 9694/09.
  2. Los Investigadores Principales que conducen las investigaciones.
  3. Los Centros en los que se desarrollan las mismas.
  4. Las enmiendas y demás documentos solicitados de acuerdo a las disposiciones de CoEIS vigentes.