La Ley N°10.155 y su Decreto Reglamentario N°305/2014, que alcanza en forma obligatoria a todo el ámbito de la Administración General Centralizada y en forma supletoria a las empresas, agencias y entes estatales, modifican e incorporan en materia de compras y contrataciones públicas cuestiones fundamentales que cambian la perspectiva de todo el sistema de compras y contrataciones de la Administración Pública Provincial orientándolo a lograr mayor transparencia, eficiencia y economicidad, de manera que se agilicen los procedimientos de compras, maximicen los recursos adquiridos y minimicen los costos.
PRINCIPALES NOVEDADES
Creación del portal compraspublicas.cba.gov.ar
El portal Web oficial de compras y contrataciones compraspublicas.cba.gov.ar es un espacio y una herramienta que promueve la interacción entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, los proveedores y los ciudadanos en un marco de sustentabilidad.
En el Portal no solo se puede obtener información sobre las contrataciones del Estado Provincial, sino también desarrollar procedimientos electrónicos tales como subastas y compulsas abreviadas. Es decir que el Estado contrata electrónicamente desde este sitio, siendo Córdoba la primera provincia del país en llevar a cabo subastas electrónicas.
Incorporación del concepto de contrataciones públicas sustentables
Las contrataciones públicas sustentables son aquellas compras de bienes y/o servicios que se realizan teniendo en cuenta criterios sociales, técnicos y ambientales, además de los estrictamente económicos.
La sustentabilidad también se incorpora como criterio de evaluación y selección de ofertas.
Utilización de medios informáticos
Teniendo como fin lograr una administración pública sustentable e implementar un proceso de despapelización, se incorporaron medios informáticos tales como las contrataciones electrónicas, la notificación electrónica, la digitalización de documentos.
Creación de la Dirección General de Compras y Contrataciones
Fue creada por la Ley 10.155 como órgano rector en materia de compras y contrataciones de la Administración Pública Provincial. Tiene bajo su órbita el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado, y entre sus funciones establecer los lineamientos generales a los fines de la concreción de las compras y contrataciones del Estado Provincial y suscribir convenios marco.
Cambio de órbita del Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado (ROPyCE)
Por disposición de la Ley N°10.155, el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado pasó bajo la órbita del Ministerio de Gestión Pública. Asimismo, se incorporó la digitalización de documentos y el inicio de trámites on-line.
En el ROPyCE los proveedores pueden realizar dos trámites: Registro en ComprasPúblicas e Inscripción en ROPyCE. Para mayor información podrá consultar en compraspublicas.cba.gov.ar en la sección proveedores.
Incorporación de la figura del convenio marco
Los convenios marco, son un compromiso o una intención de compra por parte del Estado Provincial con la correlativa obligación del proveedor de suministrar, al solo requerimiento de las diversas reparticiones, los bienes y/o servicios en las cantidades y precios estipulados en el convenio. Los plazos de vigencia van de los seis meses a los dos años, con la posibilidad de prorrogar por otro año más.
Se suscriben entre el Gobernador, el Ministro de Gestión Pública, la Directora General de Compras y Contrataciones y uno o varios proveedores del Estado, previo a la realización de un procedimiento de licitación pública, garantizando la transparencia en la selección de los proveedores suscriptores y agilizando los procedimientos de compras y contrataciones, disminuyendo plazos y costos al Estado Provincial.
Incorporación de la figura de la subasta electrónica
La subasta electrónica es una competencia de precios, dinámica, en tiempo real y de forma interactiva; en la que los oferentes presentan, durante un plazo establecido, ofertas que podrán ser mejoradas mediante el aumento o la reducción sucesiva de precios según corresponda; y cuya evaluación será automática.
La nueva normativa prevé dos tipos de subasta electrónica:
- Inversa: para la compra de bienes y/o servicios, en donde será ganador el que oferte el menor precio.
- Directa: para la venta de bienes, en donde será ganador el que oferte el mayor precio.
Para poder participar de subastas electrónicas, los oferentes deberán poseer Registro en ComprasPúblicas validado. Para mayor detalle se podrá consultar en la sección Proveedores del portal compraspublicas.cba.gov.ar.
¿Cómo funciona la subasta electrónica inversa?
Efectuado un llamado para subasta electrónica inversa a través de publicaciones en el portal compraspublicas.cba.gov.ar y en el Boletín Oficial, los proveedores que posean Registro en ComprasPúblicas podrán efectuar las ofertas de manera electrónica, durante el período de lances que tendrá una duración de cuatro a ocho horas.
Durante este período, cada participante podrá ver la mejor oferta admisible, resguardándose la identidad del oferente, el que se conocerá al finalizar la misma. Asimismo el ciudadano, desde la comodidad de su casa, podrá ver en vivo y directo en su computadora el desarrollo de toda la subasta.
Finalizado el período de lances, el sistema genera automáticamente un Acta de Prelación, donde consta no solo el orden de prelación final sino también todo el desarrollo de la subasta electrónica, la que es publicada durante dos días hábiles en compraspublicas.cba.gov.ar y notificada al oferente que quedó primero para que en un plazo determinado complete la documentación requerida para poder considerar firme la oferta, si no cumple se lo tiene por desistido y se notifica al segundo y así sucesivamente hasta contar con una oferta admisible.