Gastos No Deducibles
En general no se pueden deducir. Sólo se encuentran comprendidos los medicamentos que forman parte del servicio prestado en clínicas, sanatorios o establecimientos similares. En tal sentido, los gastos por medicamentos que se efectúen al margen del servicio de hospitalización, no resultan deducibles.
Las erogaciones por ese concepto no son deducibles del Impuesto a las Ganancias.
No, no son deducibles porque no están incorporados en la RG 4003/17.