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Institucional Infraestructura y Servicios Públicos

Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos

Fabián Lopez

Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa

TESTAGROSSA TISSERA Gabriel Antonio

Secretaría de Infraestructura Hídrica y Gasífera

CASTELLÓ Edgar Manuel

Secretaría de Transición Energética

GABUTTI Pablo Andrés

Secretaría de Planificación Energética

MANSUR Sergio Luis

Secretaría de Infraestructura Eléctrica y Arquitectura

TUNINETTI Juan José

Secretaría de Coordinación de Infraestructura

BRANDÁN Gustavo Horacio

Dirección de Vialidad

GUTIÉRREZ Martín Alejandro

Subsecretaría de Asuntos Legales

TORNO José Ignacio

Subsecretaría de Administración

TERRERA WOODWARD Patricio

Subsecretaría de Infraestructura de Saneamiento

CHICALA LÓPEZ José Andrés

Subsecretaría de Infraestructura Hídrica

TONEATTO Juan Pablo

Subsecretaría de Infraestructura Gasífera

BORELLO Rubén Alberto

Subsecretaría de Infraestructura Eléctrica

TURLETTO Ezequiel

Subsecretaría de Arquitectura

CAPARROZ Andrés Eduardo

Subsecretaría de Planificación Energética

MOLINARI Luis María

Dirección General de Operaciones

VALLEJOS Juan Néstor

Asistir al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la planificación, control y gestión de la política educativa de acuerdo con la finalidad, principios y lineamientos que establece la Constitución de la Provincia.

El ministerio entenderá en:

  1. La determinación de los objetivos y en la formulación de las políticas del área de su competencia.
  2. La ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.
  3. La organización, fiscalización y actualización de los programas educativos en todos los niveles y modalidades.
  4. La orientación de la oferta educativa mediante la diversificación de la enseñanza de nivel medio y superior no universitario, teniendo en cuenta los requerimientos del desarrollo provincial.
  5. Las relaciones con los institutos del sector privado; y establecer las normas de supervisión y el reconocimiento de su enseñanza cuando corresponda.
  6. La programación y gestión del proceso de reforma del sistema educativo provincial; de los estatutos y demás normas que rigen la carrera y el ejercicio de la docencia.
  7. La estimulación y la utilización de los recursos tecnológicos en comunicación y demás medios con fines de extensión educativa.
  8. Lo concerniente a becas y préstamos vinculados con la educación.
  9. Las relaciones con el Ministerio de Educación de la Nación para coordinar, ejecutar y administrar programas de asistencia técnica y financiera que el mismo implemente en jurisdicciones provinciales.
  10. La adopción de medidas tendientes a erradicar el fracaso y la deserción escolar, y establecer los mecanismos para elevar la calidad y equidad educativa.
  11. La adecuación de la programación y gestión educativa a las demandas regionales de empleo y desarrollo económico social de la Provincia.
  12. El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial conforme a las atribuciones, derechos y facultades otorgadas por la legislación vigente y ser Autoridad de Aplicación de todas las normas específicas referidas a su competencia.
  13.  Coordinar el funcionamiento del Consejo Provincial de Política Educativa.